Es a ese territorio y no a otro, al único que con propiedad podemos denominarle Condado de Niebla. El Condado de Huelva no existió nunca.
Algunos argumentan que a ciertas villas se le llama “del Condado”, por que con independencia del histórico Condado de Niebla, existe lo que llaman la Comarca del Condado de Huelva; argumento que se estima igualmente erróneo. La Constitución Española de 1978, dice al respecto en el articulo 137 que, “El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan”. Las Comarcas no existen constitucional ni jurídicamente, ni están delimitadas en la España actual.
Resulta impropio y falto de rigor llamarle “del Condado”, a villas y ciudades que jamás pertenecieron al histórico Condado de Niebla. Desde el siglo Xlll la que fuera alquería árabe de “Palmiti”, se llamó La Palma “a secas” y fue el gobierno del General Primo de Rivera en 1928, quien erróneamente le añadió el apellido “del Condado”. Bollullo se titula “par del condado”, esto “próximo o junto al Condado”, pero no integrado en él.
Ambos apellidos se le otorgaron ambas ciudades, por haber pertenecido a los Pérez de Guzmán, las Villas de Ayamonte, Lepe, La Redondela, Huelva, Sanlucar de Barrameda, Rota, El Puerto de Santa Maria, Chiclana, Vejer y Medina Sidonia, por ejemplo, sin que por ello les apellidemos “del Condado”. El Condado de Niebla fue uno de los territorios que pertenecieron a dicha Casa, como tantos otros comprendidos hoy en la provincia de Cadiz y Huelva.
En pie y aplaudiendo.
ResponderEliminarDesde VillaRRasa, saludos!!